Fundación Instituto de Córnea

Donación de órganos y tejidos: salva y transforma vidas

La donación es un acto voluntario, altruista y solidario. Un solo donante puede beneficiar a más de 55 personas. Infórmate, derriba mitos y súmate a la cultura de la donación en Colombia.

¿Qué es la donación y el trasplante?

La donación permite reemplazar órganos, tejidos o células enfermas por componentes anatómicos de un donante, con fines terapéuticos para otros pacientes. Es un proceso regulado, transparente y auditado en Colombia.

Definición ¿Qué es la donación y el trasplante?
La donación es un acto voluntario (en vida o post mortem, con autorización familiar) sin remuneración. Un donante puede beneficiar a más de 55 personas. El trasplante es el tratamiento que reemplaza el órgano o tejido enfermo por uno sano del donante.
Órganos y Tejidos ¿Qué se dona y trasplanta en Colombia?
Órganos: corazón, pulmones, hígado, riñones, intestino, páncreas.
Tejidos: córneas, piel, huesos, médula ósea, vasos sanguíneos, válvulas cardíacas, cartílagos, tendones, esclera y membrana amniótica.
Mitos ¿El donante queda desfigurado? ¿Existe tráfico de órganos?

No es cierto que el cuerpo quede desfigurado: los procedimientos los realizan especialistas y se cuida la estética del donante.

No existe “tráfico” legal: solo entidades autorizadas pueden extraer órganos y tejidos en IPS habilitadas.

Donación en vida ¿Se puede donar en vida?
Sí. Se puede donar un órgano par (como un riñón) o un tejido como médula ósea a un familiar o relacionado, cumpliendo requisitos clínicos y legales.
Momento ¿Cuándo se realiza la donación?
Ocurre ante muerte encefálica o paro cardiorrespiratorio (en este último caso solo se extraen tejidos). Por eso es clave manifestar en vida a la familia la voluntad de donar.
Muerte encefálica ¿Qué es?
Es el cese total e irreversible de la actividad cerebral. La persona es considerada médica, ética y legalmente como cadáver; de forma temporal se pueden mantener órganos con soporte hasta evaluar donación.
Quién puede donar ¿Quién puede ser donante?
Todos podemos ser donantes. La aptitud se determina al fallecer, con consentimiento familiar. No hay límite de edad; en menores, con autorización de padres.
Normativa ¿Cuál es la reglamentación en Colombia?
Entre otras, Ley 73 de 1988, Ley 919 de 2004 y Decreto 2493 de 2004 regulan la donación y el trasplante, mecanismos, criterios técnico-científicos y medidas sanitarias.
Presunción ¿Qué es la presunción legal de donación?
Si la persona en vida o su familia no expresaron oposición y no hay contraindicaciones médico-legales, se puede proceder a la extracción dentro de los tiempos máximos para asegurar calidad.
Red ¿Qué es la Red de Donación y Trasplantes?
Sistema de integración (Bancos de Tejidos y Médula Ósea, IPS trasplantadoras, INS, direcciones de salud, etc.) que coordina promoción, donación, extracción, trasplante e implante con principios de calidad, oportunidad y equidad.
Lista de espera ¿Cómo ingreso a lista de espera?
1) Remisión del especialista a una IPS habilitada para valoración pre-trasplante.
2) Autorización del asegurador (EPS o entidad territorial) según estudio pre-trasplante.
3) Si el paciente cumple condiciones clínicas y hay autorización, ingresa a la lista.
4) El trasplante depende de compatibilidad y disponibilidad de donante.
Asignación ¿Cómo se asignan órganos y tejidos?
A personas en lista de espera bajo criterios técnico-científicos nacionales, con equidad y sin discriminación. La asignación es auditada y controlada por el Estado.
Confidencialidad ¿Puedo conocer al receptor?
No. La información del donante, del receptor y del proceso es confidencial.

Red de Donación y Trasplantes – Información de referencia

Para orientación adicional y normativa vigente:

Ministerio de Salud www.minsalud.gov.co
Teléfono Bogotá +57 (1) 330 5000 ext. 1300 – 1303

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